Realización de Estudios Acústicos mediante los cuales se obtienen las Licencias de Apertura de locales de todo tipo de actividades.
El Art. 42 del Decreto 6/2012, por el que se aprueba el Reglamento Contra la Contaminación Acústica en Andalucía: “Obliga a las actividades que generen niveles de presión sonora iguales o mayores de 70 dBA, a presentar un Estudio Acústico para tramitar su licencia”.
Definición de Estudio Acústica según este Decreto: “El estudio acústico se define como el conjunto de documentos acreditativos de la identificación y valoración de impactos ambientales en materia de ruidos y vibraciones”