Medición de Ruidos en Talleres Marchal en Linares

Seguimos con nuestra pequeña aportación para el consumo del comercio local. En esta ocasión daremos visibilidad TALLERES MARCHAL, un taller de reparación y venta de automóviles y caravanas ubicado en el Polígono Los Jarales en Linares.

En esta ocasión, hemos colaborado con Eduardo Dueñas, de EDM Ingeniería, un estudio de ingeniería del municipio de Linares.

En este caso, para obtener la Licencia de funcionamiento de la actividad antes mencionada, el Ayuntamiento de Linares, concretamente el área de Urbanismo, solicita al titular de la misma un informe de ensayos acústicos que contemple la medición “in situ” de niveles de ruido generados por todos los focos sonoros que se ponen en funcionamiento en el desarrollo de la actividad. Esta documentación técnica es requerida para el informe de Calificación Ambiental de la misma.

Como ya he mencionado, Talleres Marchal se encuentra ubicado en un sector del territorio con predominio de suelo de uso industrial. La actividad solo trabaja en horario diurno y vespertino, y no colinda ni es adyacente a ningún recinto protegido o habitable, sino que colinda con otras naves.

Partiendo de estos datos, el Decreto 6/2012 exige la comprobación de los niveles de inmisión sonora en exterior generados por la actividad bajo estudio, a 1,5 m de la linde del emisor acústico. Por lo que el ensayo de nivel de inmisión de ruido se lleva a cabo a 1,5 m de la fachada principal de Talleres Marchal, en una hora y un día en el que éste se encuentra desarrollando su actividad habitual.

Finalmente, se realiza un informe favorable de dicha actividad debido a que la propia actividad de la zona, enmascara al ruido generado por el taller, registrando unos valores próximos al ruido de fondo de la zona.

Muchos de nuestros clientes se echan las manos a la cabeza cuando les piden una medición de ruido de alguna actividad ubicada en suelo industrial que, por someterse a calificación ambiental, necesita certificar su cumplimiento con la normativa de ruido. A primera vista parece una medición innecesaria ya que la actividad no le va a molestar a vecinos de vivienda colindantes, pero el cometido del Decreto 6/2012 es regular la contaminación acústica y conseguir los objetivos de calidad acústica que en ella se exigen en las determinadas áreas del territorio. En estos casos se trata de reducir o controlar la contaminación acústica ambiental mas que de no molestar a los vecinos colindantes a determinadas actividades.

Cada actividad es un foco de ruido ambiental y hay que regularlo para que el conjunto de muchos de ellos, en un determinado espacio del territorio, no generen niveles de ruido que superen los objetivos de calidad acústica indicados en la normativa.

La contaminación acústica es un problema muy presente que solo se puede solucionar desde abajo e intentando que, tanto las nuevas actividades como los nuevos edificios, cumplan con las exigencias de las normativas de protección contra la contaminación acústica, así como con el DB-HR de Código Técnico de la Edificación.

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