normativa música en directo en locales de ocio

Requisitos para actuaciones en directo en establecimientos de hostelería

¿A quién no le gusta tomarse una cervecita mientras disfruta de una buena actuación musical en directo?

La normativa autonómica andaluza ya permite disfrutar de actuaciones en directo en establecimiento de hostelería, ocio y esparcimiento. Así quedó reflejado en el BOJA, en agosto de 2018, mediante la publicación del DECRETO 155/2018, DEL 31 DE JULIO, POR EL QUE SE APREBA EL CATÁLOGO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS DE ANDALUCÍA Y SE REGULAN SUS MODALIDADES, RÉGIMENESE DE APERTURA O INSTALACIÓN Y HORARIOS DE APERTURA Y CIERRE. Podéis descargar este decreto en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/150/13

Principales dudas a resolver para ofrecer música en directo en pubs, bares y otro tipo de locales hosteleros

 

  • ¿Tiene que estar mi local insonorizado?
  • ¿Puedo hacer conciertos siempre que quiera?
  • ¿Cuándo tengo que solicitar la conformidad del Ayuntamiento para poder llevar a cabo este tipo de actuaciones?

Seguro que te has hecho alguna de éstas preguntas. Lo que pretendo con este artículo es informar a todo hostelero interesado de qué condiciones y trámites tiene que tener y llevar a cabo para poder ofrecer a sus clientes este gran servicio como es la música en directo.

Tal y como indica el decreto mencionado, se incorpora al Nomenclátor un nuevo tipo de actividad recreativa que se denomina “Actuación en directo de pequeño formato”. De esta figura innovadora podrán hacer uso los establecimientos de hostelería sin necesidad de que esté reflejada en su registro habitual de actividad.

¿Qué tenemos que tener en cuenta si queremos ofrecer una Actuación en directo de pequeño formato en nuestro establecimiento?

 

  1. Se llevará a cabo en el interior de los espacios fijos, cerrados y cubiertos del establecimiento.
  2. Será un suplemento al desarrollo de la actividad. Su objetivo es amenizar a los usuarios del establecimiento.
  3. El aforo y el horario será el habitual, reflejado en la licencia de la actividad.
  4. Se podrán realizar 12 actuaciones al año. Solo podrán llevarse a cabo si están reflejadas en la declaración responsable de la actividad o están autorizadas por el Ayuntamiento. Lo ideal es solicitar un único consentimiento a primero de año de las 12 actuaciones y así tener la disposición de llevarlas a cabo cuando se estime oportuno.
  5. Son actuaciones interpretadas por artistas en vivo, con o sin apoyo de equipos de reproducción o amplificación sonora, sin necesidad de instalar estructuras para su desarrollo, escenario o camerinos.
  6. Deberán de cumplir las exigencias en materia de contaminación acústica, límites de ruidos, vibraciones y aislamiento acústico.

¿Qué documentación hay qué aportar para solicitar la conformidad por parte del ayuntamiento de este tipo de actuaciones?

Los establecimientos que quieran introducir las actuaciones en directo de pequeño formato para la amenización de sus clientes, deberán aportar la documentación necesaria que acredite que la actividad cumple los siguientes requisitos:

  1. Posesión de la licencia urbanística que corresponda.
  2. Cumplir con las condiciones técnicas de seguridad, higiene, accesibilidad, confortabilidad e higiene, y con la normativa de ruidos y vibraciones que se determinen en las normas específicas de cada actividad, en el Código Técnico de la Edificación.
  3. Cumplir con las normas de materia laboral y prevención de riesgos laborales.
  4. Completar un documento con información específica del titular, descripción, tipo de espectáculo, aforo, horario, etc.

¿Qué requisitos tiene que cumplir el establecimiento en materia de contaminación acústica?

Para poder llevar a cabo este tipo de espectáculos en directo en pequeño formato, el local deberá de cumplir una serie de parámetros acústicos establecidos en la ordenanza de protección contra la contaminación acústica vigente, en Andalucía, habrá que establecer el cumplimiento de las exigencias expuestas en el Decreto 6/2012, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, eso en el caso de que no haya una ordenanza municipal mas restrictiva.

Habrá que entregar un Informe de Prevención Acústica actualizado del local en el que se certifique el cumplimiento de los siguientes parámetros:

  1. Aislamiento acústico a ruido aéreo entre local y viviendas colindantes
  2. Aislamiento acústico a ruido aéreo de la fachada del local.
  3. Aislamiento acústico a ruido de impacto entre local y viviendas colindantes superiores.
  4. Nivel de inmisión de ruido en el interior de la vivienda mas perjudicada por el desarrollo de la actividad a evaluar.
  5. Nivel de inmisión de ruido en el exterior por focos exteriores e interiores del establecimiento que puedan provocar el incumplimiento de los objetivos de calidad acústica en el área donde se ubica el establecimiento.

Teniendo en cuenta que todo este tema de la acústica y control de ruido es nuestra especialidad, os animo a que os pongáis en contacto conmigo y me consultéis todo lo que estiméis oportuno para que no se quede nada en el tintero.

Os ofrezco la posibilidad de hacer un estudio exhaustivo de las características acústicas de vuestro local para que antes de meteros en materia en este tema, sepáis si el local cumple o no con las exigencias de la normativa.

Si es así los siguientes pasos a seguir serán pan comido, y sin mucho esfuerzo podréis ofrecer a vuestros clientes espectáculos en directo en pequeño formato para poder haceros diferenciar con el resto de establecimientos de vuestro municipio.

Una vez dicho esto espero que os haya quedado mas o menos claro lo que conlleva realizar una actuación en directo de pequeño formato en vuestro local. De cualquier manera, os repito que estaré encantada de poder asesoraros en este tema.

Como ya os he comentado en puntos anteriores, necesitáis el informe de la actividad que certifique que vuestro local cumple con la normativa acústica vigente. Podéis solicitar presupuesto en este enlace: https://acusticadoppler.com/contactar/

Realmente espero que os animéis para solicitar este tipo de actuaciones, con el fin de promover la cultura y la música en nuestra localidad, así como dar la oportunidad a los músicos de nuestro municipio a poder ofrecernos su arte y hacernos pasar muchos buenos momentos disfrutando de su música.

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